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Legislación › Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia.

Artículo 30. Órganos de las cajas.

Artículo 30. Órganos de las cajas.

La administración, gestión, representación y control de las cajas de ahorros corresponde a los siguientes órganos de gobierno:

a) La Asamblea General.

b) El Consejo de Administración.

c) La Comisión de Control.

Adicionalmente, serán órganos de las cajas de ahorros el Director General y las comisiones de Inversiones, Retribuciones y Nombramientos, y la Obra Benéfico Social.

Se modifica por el art. único.9 de la Ley 4/2012, de 15 de junio. BOE-A-2013-1789

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 2012 En vigor BOE-A-2013-1789 Leer Qué cambió
24 de julio de 1998 Texto original Leer

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