Legislación › Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia.
Artículo 45. Irrevocabilidad del nombramiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de julio de 1998 y la del 3 de mayo de 2003.
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Artículo 45. Causas de cese. Irrevocabilidad del nombramiento.
1. Los Consejeros generales cesarán, única y exclusivamente, en algunos de los siguientes supuestos: En tanto no se haya cumplido el plazo para el que fueron
a) Por cumplimiento deldesignados o elegidos. designados, y fuera de
b) Por renuncia, que habráformalizarse por escrito. los casos de renuncia, defunción o
c) Porpor incapacidad legal. declaración de
d) Por pérdidacualquiera fallecimiento o ausencia legal, el nombramiento de los requisitos que condicionan su elegibilidad. consejeros generales será irrevocable salvo, exclusivamente, en los supuestos de incompatibilidad sobrevenida, pérdida de cualquiera de
e) Por incurrirlas incompatibilidades específicas reguladas en esta Ley los requisitos exigidos para cada uno de ellos. la designación y acuerdo de separación adoptado por
f) Porjusta causa por la propia Asamblea general, previo expediente instruido al efecto. General si se apreciara justa causa.
A estos efectos,
Se entenderá que existe justa causa cuando el Consejero consejero general perjudique notoriamente incumple los deberes inherentes a su cargo o perjudica con su actuación actuación, pública o privada privada, el prestigio, buen nombre o actividad de la Caja.
2. Los Consejeros generales elegidos por el personal, cesarán, además, por las siguientes causas:
a) Cuando a petición del interesado se produzca la suspensión de la relación laboral por un período de tiempo superior a seis meses.
b) Cuando sea sancionado por falta muy grave conforme a la legislación laboral, en virtud de sentencia firme o resolución consentida.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de mayo de 2003 En vigor | BOE-A-2004-2432 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


