Legislación › Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia.
Artículo 15. La Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
Artículo 15. La Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia es un órgano consultivo, deliberante y de participación, adscrito a la Consejería competente por razón de la materia.


