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Legislación › Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Quedan declarados bienes de interés cultural por ministerio de esta Ley las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre.

Se añade por el art. 22 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre. BOE-A-2018-856

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