Legislación › Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos.
Artículo 13. Ejercicio de la profesión.
Artículo 13. Ejercicio de la profesión.
En todo caso, la actuación profesional habrá de ser conforme con las normas deontológicas contenidas en el Código Deontológico del psicólogo aprobado por el Colegio.


