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Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos.

En vigor Ministerio de Educación y Cultura · Publicada el 7 de abril de 1999 · Último cambio el 7 de abril de 1999 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
  3. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  4. Disposición final única. Entrada en vigor.
  5. Firma
  6. ANEXO
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 1. Naturaleza.
  9. Artículo 2. Principios constitutivos, ámbito territorial y emblema.
  10. Artículo 3. Fines.
  11. Artículo 4. Funciones.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 5. Incorporación al Colegio. Clases.
  14. Artículo 6. Obligatoriedad de colegiación.
  15. Artículo 7. Causas de denegación.
  16. Artículo 8. Pérdida de la condición de colegiado.
  17. Artículo 9. Reincorporación al Colegio.
  18. Artículo 10. Miembros de Honor.
  19. CAPÍTULO III
  20. Artículo 11. Derechos de los colegiados.
  21. Artículo 12. Deberes de los colegiados.
  22. CAPÍTULO IV
  23. Artículo 13. Ejercicio de la profesión.
  24. Artículo 14. Fundamentos del ejercicio de la profesión.
  25. Artículo 15. Formación continuada.
  26. Artículo 16. Autonomía profesional.
  27. Artículo 17. Publicidad y competencia desleal.
  28. Artículo 18. Derechos del cliente y/o usuario.
  29. Artículo 19. Trabajos escritos.
  30. CAPÍTULO V
  31. Artículo 20. Organización territorial.
  32. Artículo 21. Modificación del ámbito territorial.
  33. Artículo 22. Acuerdo de segregación.
  34. Artículo 23. Requisitos del acuerdo de segregación.
  35. Artículo 24. Ámbito territorial y Estatuto de los nuevos Colegios.
  36. Artículo 25. Fines y funciones de los nuevos Colegios.
  37. Artículo 26. Constitución y funciones del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
  38. CAPÍTULO VI
  39. Artículo 27. Órganos de representación y gobierno.
  40. Artículo 28. La Junta General. Régimen de sesiones.
  41. Artículo 29. La Junta General. Convocatorias.
  42. Artículo 30. Coordinación, actas y acuerdos.
  43. Artículo 31. Participación de los colegiados en la Junta General.
  44. Artículo 32. Competencias.
  45. Artículo 33. Composición de la Junta de Gobierno.
  46. Artículo 34. Funciones de los cargos de la Junta de Gobierno.
  47. Artículo 35. Junta de Gobierno. Reuniones y convocatorias.
  48. Artículo 36. Competencias de la Junta de Gobierno.
  49. Artículo 37. Competencias indelegables de la Junta de Gobierno.
  50. Artículo 38. La Comisión Permanente.
  51. Artículo 39. Constitución de Comisiones Asesoras, Comisiones de Trabajo, Comisión Deontológica y Secciones Profesionales.
  52. CAPÍTULO VII
  53. Artículo 40. Derecho de los colegiados a participar en la elección de cargos.
  54. Artículo 41. Plazo de convocatoria de elecciones.
  55. Artículo 42. Presentación de candidaturas y proclamación de las válidamente presentadas.
  56. Artículo 43. Mesas electorales.
  57. Artículo 44. Votación.
  58. Artículo 45. Voto por correo.
  59. Artículo 46. Actas de votación y escrutinio.
  60. Artículo 47. Sistema de escrutinio.
  61. Artículo 48. Proclamación de la candidatura elegida.
  62. Artículo 49. Anulación de la elección.
  63. Artículo 50. Recursos en materia electoral.
  64. Artículo 51. Elecciones para la constitución de Junta Rectora de la Delegación.
  65. CAPÍTULO VIII
  66. Artículo 52. Recursos económicos y patrimonio del Colegio.
  67. Artículo 53. Procedencia de los recursos económicos del Colegio.
  68. Artículo 54. Recaudación de recursos.
  69. Artículo 55. Presupuesto anual.
  70. Artículo 56. Ejecución del presupuesto anual.
  71. Artículo 57. Disolución del Colegio.
  72. Artículo 58. Irrenunciabilidad de la competencia. Delegación y avocación.
  73. Artículo 59. Publicidad de los acuerdos.
  74. Artículo 60. Archivo de actas.
  75. Artículo 61. Sometimiento a las leyes y Estatutos de los actos colegiales.
  76. Artículo 62. Nulidad y anulabilidad de los actos de los órganos colegiales.
  77. Artículo 63. Revisión de actos nulos.
  78. Artículo 64. Recursos contra los actos de los órganos colegiales.
  79. CAPÍTULO IX
  80. Artículo 65. Aceptación de la disciplina colegial.
  81. Artículo 66. Clasificación de las faltas.
  82. Artículo 67. Sanciones, prescripción.
  83. Artículo 68. Imposición de sanciones y competencias de las Comisiones Deontológica Estatal y de Delegaciones.
  84. Artículo 69. Baja por impago de cuotas.
  85. Artículo 70. Inasistencia a las reuniones de los órganos de gobierno del Colegio.
  86. Artículo 71. Premios y distinciones.
  87. Disposición transitoria única. Régimen de las actuales Delegaciones.
  88. Disposición adicional única. Reforma estatutaria.
  89. Disposición final única. Habilitación normativa.