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Legislación › Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos.

Artículo 48. Proclamación de la candidatura elegida.

Artículo 48. Proclamación de la candidatura elegida.

La Junta de Gobierno proclamará a la candidatura elegida, comunicándolo a todos los colegiados y al Ministerio de Educación y Cultura.

La Junta de Gobierno elegida tomará posesión en el plazo máximo de un mes desde su proclamación.

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