Legislación › Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.
Artículo 5. Derecho de disfrute.
Artículo 5. Derecho de disfrute.
Todas las personas tienen el derecho a disfrutar del patrimonio cultural aragonés, de conformidad con lo establecido en las reglamentaciones aplicables.


