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Legislación › Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

Artículo 5. Derecho de disfrute.

Artículo 5. Derecho de disfrute.

Todas las personas tienen el derecho a disfrutar del patrimonio cultural aragonés, de conformidad con lo establecido en las reglamentaciones aplicables.

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