Legislación › Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas.
Artículo 34. Infracciones cometidas por jugadores y visitantes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de abril de 1999 y la del 1 de enero de 2011.
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Artículo 34. Infracciones cometidas por jugadores y visitantes.
1. Son infracciones cometidas por jugadores y visitantes de locales donde se practica el juego:
a) Entrar La entrada en el local o participar la participación en el juego teniéndolo prohibido.
b) Utilizar La utilización de fichas, cartones u otros elementos de juego que sean falsos conociendo su irregularidad.
c) Manipular La manipulación de máquinas o elementos de juego.
d) Participar La participación en juegos y o apuestas clandestinos consideradas prohibidas o ilegales. no autorizadas.
e) Interrumpir sin causa justificada La interrupción de una partida o juego. juego sin causa justificada.
f) Omitir La omisión de la colaboración debida a los agentes de la autoridad.
g) Perturbar La perturbación en el orden en las salas de juego u otros locales donde se celebren actividades de juego.
h) Cometer, La comisión, en general, de cualquier tipo de irregularidad en la práctica del juego. juego, que represente un perjuicio para la persona o entidad organizadora del juego o para terceros.
2. Las infracciones a que se refiere el apartado 1 pueden serán consideradas como leves, a excepción de las previstas en los apartados b) y c) que tendrán la consideración de graves.
Podrán ser sancionadas sancionadas, en función de las circunstancias personales y materiales establecidas en el artículo 37.1, con una la correspondiente multa de hasta 1.000.000 de pesetas y con la prohibición de entrada en un casino o sala establecimientos de juego o en aquellos locales circunstancialmente autorizados para la organización de juegos o apuestas para días determinados por un máximo de cinco años y comportarán, en cualquier caso, el comiso de los beneficios ilícitos obtenidos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-469 | Leer | Qué cambió |
| 18 de abril de 1999 | Texto original | Leer |


