Legislación › Real Decreto 2072/1999, de 30 de diciembre, sobre transferencias recíprocas de derechos entre el sistema de previsión social del personal de las Comunidades Europeas y los regímenes públicos de previsión social españoles.
Disposición final primera. Habilitación de créditos.
Disposición final primera. Habilitación de créditos.
Por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Trabajo y Asuntos Sociales se habilitarán los créditos necesarios para hacer efectivas las previsiones de este Real Decreto.
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