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Legislación › Real Decreto 1091/2000, de 9 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria específica de los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de junio de 2000 y la del 19 de junio de 2008. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
Composición esencial de los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales
Las especificaciones se refieren a los productos listos para el consumo, comercializados como tales o reconstituidos de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
1. Los productos a que se hace referencia en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 destinados específicamente a los lactantes contendrán las vitaminas y las sustancias minerales enumeradas en el cuadro 1.
2. Los productos a que se hace referencia en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 destinados específicamente a los lactantes contendrán las vitaminas y sustancias minerales enumeradas en el cuadro 1, salvo si el uso a que van destinados los productos exigiera modificaciones en relación con uno o varios de estos nutrientes.
3. Los niveles máximos de vitaminas y sustancias minerales presentes en los productos a que se hace referencia en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 destinados específicamente a los lactantes no superarán los especificados en el cuadro 1, salvo si el uso a que van destinados los productos exigiera modificaciones en relación con una o varios de estos nutrientes.
4. Sin perjuicio de los requisitos dictados por su uso previsto, los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales elaborados específicamente para lactantes cumplirán las disposiciones relativas a otros nutrientes que son de aplicación para los preparados para lactantes y preparados de continuación, según el caso, establecidos en el Real Decreto 72/1998, 867/2008, de 23 de enero. mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria específica de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación.
5. Los productos a que se hace referencia en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 que no estén destinados específicamente a los lactantes contendrán las vitaminas y las sustancias minerales enumeradas en el cuadro 2.
6. Los productos a que se hace referencia en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 que no estén destinados específicamente a los lactantes contendrán las vitaminas y sustancias minerales enumeradas en el cuadro 2, salvo si el uso a que van destinados los productos exigiera modificaciones en relación con uno o varios de estos nutrientes.
7. Los niveles máximos de vitaminas y sustancias minerales presentes en los productos a que se hace referencia en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 que no estén destinados específicamente a los lactantes no superarán los especificados en el cuadro 2, salvo si el uso a que van destinados los productos exigiera modificaciones en relación con una o varios de estos nutrientes.
CUADRO 1
Contenido de vitaminas, minerales y oligoelementos en los alimentos nutricionalmente completos destinados a los lactantes
·
Por 100 kJ
·
Por 100 kcal
·
Mínimo
·
Máximo
·
Mínimo
·
Máximo
·
Vitaminas
·
·
·
·
·
Vitamina A (µg ER).
·
14
·
43
·
60
·
180
·
Vitamina D (µg).
·
0,25
·
0,75
·
1
·
3
·
Vitamina K (µg).
·
1
·
5
·
4
·
20
·
Vitamina C (mg).
·
1,9
·
6
·
8
·
25
·
Tiamina (mg).
·
0,01
·
0,075
·
0,04
·
0,3
·
Riboflavina (mg).
·
0,014
·
0,1
·
0,06
·
0,45
·
Vitamina B6 (mg).
·
0,009
·
0,075
·
0,035
·
0,3
·
Niacina (mg EN).
·
0,2
·
0,75
·
0,8
·
3
·
Ácido fólico (µg).
·
1
·
6
·
4
·
25
·
Vitamina B12 (µg).
·
0,025
·
0,12
·
0,1
·
0,5
·
Ácido pantoténico (mg).
·
0,07
·
0,5
·
0,3
·
2
·
Biotina (µg).
·
0,4
·
5
·
1,5
·
20
·
Vitamina E (mg α-ET).
·
0,5/g de ácidos grasos poliinsaturados expresados como ácido linoleico, pero en ningún caso menos de 0,1 mg por 100 kJ disponibles
·
0,75
·
0,5/g de ácidos grasos poliinsaturados expresados como ácido linoleico, pero en ningún caso menos de 0,5 mg por 100 kcal disponibles
·
3
·
Minerales
·
·
·
·
·
Sodio (mg).
·
5
·
14
·
20
·
60
·
Cloruro (mg).
·
12
·
29
·
50
·
125
·
Potasio (mg).
·
15
·
35
·
60
·
145
·
Calcio (mg).
·
12
·
60
·
50
·
250
·
Fósforo (mg)1.
·
6
·
22
·
25
·
90
·
Magnesio (mg).
·
1,2
·
3,6
·
5
·
15
·
Hierro (mg).
·
0,12
·
0,5
·
0,5
·
2
·
Zinz (mg).
·
0,12
·
0,6
·
0,5
·
2,4
·
Cobre (µg).
·
4,8
·
29
·
20
·
120
·
Yodo (µg).
·
1,2
·
8,4
·
5
·
35
·
Selenio (µg).
·
0,25
·
0,7
·
1
·
3
·
Manganeso (mg). (µg).
·
0,012 0,25
·
0,05 25
·
0,05 1
·
0,2 100
·
Cromo (µg).
·
–
·
2,5
·
–
·
10
·
Moligdeno (µg).
·
–
·
2,5
·
–
·
10
·
Fluoruro (mg).
·
–
·
0,05
·
–
·
0,2
·
1 La proporción calcio/fósforo no será inferior a 1,2 ni superior a 2,0.
CUADRO 2
Contenido de vitaminas, minerales y oligoelementos en los alimentos nutricionalmente completos que no estén destinados a los lactantes
·
Por 100 kJ
·
Por 100 kcal
·
Mínimo
·
Máximo
·
Mínimo
·
Máximo
·
Vitaminas
·
·
·
·
·
Vitamina A (µg ER).
·
8,4
·
43
·
35
·
180
·
Vitamina D (µg).
·
0,12
·
0,65/0,751
·
0,5
·
2,5/31
·
Vitamina K (µg).
·
0,85
·
5
·
3,5
·
20
·
Vitamina C (mg).
·
0,54
·
5,25
·
2,25
·
22
·
Tiamina (mg).
·
0,015
·
0,12
·
0,06
·
0,5
·
Riboflavina (mg).
·
0,02
·
0,12
·
0,08
·
0,5
·
Vitamina B6 (mg).
·
0,02
·
0,12
·
0,08
·
0,5
·
Niacina (mg EN).
·
0,22
·
0,75
·
0,9
·
3
·
Ácido fólico (µg).
·
2,5
·
12,5
·
10
·
50
·
Vitamina B12 (µg).
·
0,017
·
0,17
·
0,07
·
0,7
·
Ácido pantoténico (mg).
·
0,035
·
0,35
·
0,15
·
1,5
·
Biotina (µg).
·
0,18
·
1,8
·
0,75
·
7,5
·
Vitamina E (mg α-ET).
·
0,5/g de ácidos grasos poliinsaturados expresados como ácido linoleico, pero en ningún caso menos de 0,1 mg por 100 kJ disponibles
·
0,75
·
0,5/g de ácidos grasos poliinsaturados expresados como ácido linoleico, pero en ningún caso menos de 0,5 mg por 100 kcal disponibles
·
3
·
Minerales
·
·
·
·
·
Sodio (mg).
·
7,2
·
42
·
30
·
175
·
Cloruro (mg).
·
7,2
·
42
·
30
·
175
·
Potasio (mg).
·
19
·
70
·
80
·
295
·
Calcio (mg).
·
8,4/121
·
42/601
·
35/501
·
175/2501
·
Fósforo (mg).
·
7,2
·
19
·
30
·
80
·
Magnesio (mg).
·
1,8
·
6
·
7,5
·
25
·
Hierro (mg).
·
0,12
·
0,5
·
0,5
·
2
·
Zinz (mg).
·
0,12
·
0,36
·
0,5
·
1,5
·
Cobre (µg).
·
15
·
125
·
60
·
500
·
Yodo (µg).
·
1,55
·
8,4
·
6,5
·
35
·
Selenio (µg).
·
0,6
·
2,5
·
2,5
·
10
·
Manganeso (mg).
·
0,012
·
0,12
·
0,05
·
0,5
·
Cromo (µg).
·
0,3
·
3,6
·
1,25
·
15
·
Moligdeno (µg).
·
0,72
·
4,3
·
3,5
·
18
·
Fluoruro (mg).
·
–
·
0,05
·
–
·
0,2
·
1 Para productos destinados a niños de uno a diez años de edad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de junio de 2008 En vigor BOE-A-2008-10390 Leer Qué cambió
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