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Legislación › Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.

Disposición transitoria cuarta. Suspensión de la ejecución de la operación de concentración.

Disposición transitoria cuarta. Suspensión de la ejecución de la operación de concentración.

Las operaciones de concentración que se estuvieren ejecutando a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley se someterán al régimen de notificación establecido en la normativa anterior, si bien serán aplicables a las mismas las disposiciones del presente Real Decreto-ley relativas a la iniciación de oficio, devengo de la tasa y plazos de emisión del dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia y de decisión por el Gobierno.

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