Legislación › Ley 3/2000, de 19 de junio, de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 15. Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural.
Artículo 15. Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural.
1. Se crea la Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural de La Rioja como órgano colegiado superior de colaboración y coordinación interdepartamental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de desarrollo rural.
2. Dependerá orgánicamente de la Presidencia del Gobierno y funcionalmente de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de desarrollo rural.


