LexTotal

Legislación › Ley 4/2000, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia).

ANEXO I

ANEXO I

La delimitación del Parque Natural «Montaña Palentina» es la siguiente:

Partiendo del Mojón de Tres Provincias, punto donde se encuentran Palencia, León y la Comunidad de Cantabria, el límite discurre hacia el Este siguiendo la divisoria provincial de Palencia y dejando al Sur los términos municipales de Cervera de Pisuerga, La Pernía y Brañosera.

A continuación abandona el límite provincial y penetra en Aguilar de Campoo por el límite de los montes Aguilar número 1 de U.P. y Soto número 102 de U.P., hasta alcanzar el límite del término. Después se dirige hacia el Noroeste, por el límite de los términos de Aguilar de Campoo y Brañosera (Vallejo de Orbó), hasta llegar a Los Sestiles. Desde este punto continúa en la misma dirección por el límite de los términos de Brañosera y Barruelo de Santullán. Una vez pasado «Campo Mayor» continúa por el límite de los términos de Brañosera y San Cebrián de Mudá hasta el alto de «La Chimeneona», dirigiéndose hacia el Sudeste por la cuerda. Al llegar a «Camportillo» vuelve a coincidir con el límite municipal de Barruelo y San Cebrián, siguiendo después hacia el sur, hasta su encuentro con la carretera que va de Rueda a Barruelo por San Cebrián y Valle.

Esta carretera servirá de límite en el tramo comprendido entre el punto anterior y el arroyo Pradera, situado al Suroeste de San Martín de Perapertú. A continuación se dirige hacia el Norte por dicho arroyo, para encontrar la línea eléctrica, cuya área de ocupación se sigue como límite hacia el Suroeste, hasta el punto donde cruza el camino de Vergaño a San Cebrián de Mudá, siguiéndose por éste hasta Vergaño.

Desde Vergaño se dirige hacia el Sur por la carretera de Rueda, que abandona para continuar hacia el oeste por el límite del término de San Cebrián hasta llegar al cruce de la carretera de Gramedo.

A continuación sigue esta carretera hasta el cruce con la carretera de Rabanal de los Caballeros, desde donde toma el límite del monte Dehesa Boyal número 218 de U.P., para llegar por él al límite local de Arbejal.

Desde este punto se dirige hacia el Sudoeste por el límite local de Arbejal y Valsadornín, que coincide con el del monte Bárcena número 9 de U.P., y luego por el límite de Arbejal y Cervera, hasta llegar al río Pisuerga.

El límite sigue entonces el del monte la Dehesa número 65 de U.P., dejándole incluido en el Espacio Natural. Al llegar al mojón número 119, abandona el límite del monte, para continuar hacia el Sur por el límite local de Cervera y Ruesga, hasta su cruce con el río Rivera. A continuación desciende por el río Rivera hasta la carretera comarcal número 627 por la que avanza hacia el Sur unos seiscientos metros, para remontar después el arroyo de Tosande hasta el cruce de un camino por el que continúa hacia el Oeste, para seguir después por el límite Sur de los montes «Hayedo», «La Dehesa» y «Peña Cantoral», que quedan incluidos, y por el límite sur del Monte «Peña Redonda y otros». En las proximidades de Cubillo de Castrejón abandona el límite de los montes de utilidad pública, ascendiendo por un camino, continuando por la cota de 1250 y, a partir del arroyo situado al Sur del «Pico de Burrián», por la cota 1300. Abandona la cota 1300 para ascender un corto tramo del Arroyo de los dos Valles, y remontar después por una vaguada hasta llegar al límite de los términos de Castrejón de la Peña y Santibáñez de la Peña.

A partir de este punto, el Espacio Natural se va ajustando a los límites municipales, que coinciden normalmente con cuerdas. En primer lugar se dirige hacia el Norte por la línea de separación de Castrejón de la Peña y Santibáñez de la Peña. A continuación se dirige hacia el Oeste por los límites de Triollo y Santibáñez, Velilla del Río Carrión y Santibáñez y Velilla del Río Carrión y Guardo.

En el paraje «Pradil de Diego» (mojón M3T), abandona el límite de Velilla del Río Carrión y Guardo, continuando por la cuerda hasta Peña Mayor. Desde Peña Mayor desciende por una cuerda, hacia la cabecera de un barranco por el que se llega a la Fuente Calderón. Desde este punto se toma el Cordel de Merinas, continuando por él hacia el norte hasta la presa de Compuerto.

El límite cruza ahora la presa, coincidiendo en un corto tramo con los límites locales y de la Reserva Nacional de Caza de Fuentes Carrionas. Cuando llega al Alto de Pascualillo se separa de dicho límite, tomando hacia el Oeste el arroyo que desemboca por el Trave en el río Besandino, y siguiendo después el Besandino hasta la confluencia del arroyo de Valdehaya. Después remonta el arroyo de Valdehaya, para ascender finalmente por el límite del monte Peñas Lampas número 318-bis del C.U.P., hasta el límite provincial, dejando incluido este monte dentro del Espacio Natural.

Desde el punto anterior sigue el límite provincial hasta llegar al Mojón de Tres Provincias, cerrándose así la delimitación.

Se modifica la denominación del Parque Natural por la disposición final 4 de Ley 4/2020, de 14 de diciembre. BOE-A-2021-908

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-908 Leer Qué cambió
6 de julio de 2000 Texto original Leer

← Disposición final quinta Índice