Legislación › Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Empleo de las Illes Balears.
Artículo 6.
Artículo 6.
El nombramiento y el cese del director del Servicio de Empleo de las Illes Balears se realizarán mediante decretos del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la consejería con competencias en materia de trabajo. El director del citado servicio tendrá la consideración de alto cargo.


