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Legislación › Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Empleo de las Illes Balears.

Artículo 6.

Artículo 6.

El nombramiento y el cese del director del Servicio de Empleo de las Illes Balears se realizarán mediante decretos del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la consejería con competencias en materia de trabajo. El director del citado servicio tendrá la consideración de alto cargo.

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