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Legislación › Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Artículo 33. Concepto.

Artículo 33. Concepto.

Son infracciones en materia de movimientos migratorios laborales las acciones u omisiones de los sujetos a quienes se refiere el artículo 2.4 tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente Ley.

Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre. BOE-A-2006-21991

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de diciembre de 2006 En vigor BOE-A-2006-21991 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 Texto original Leer

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