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Legislación › Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

ANEXO 3

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de enero de 2000 y la del 12 de octubre de 2012. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO 3 2
Baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos
(Art. 25 del R.D. 383/1984, de 1 de febrero)
CAPÍTULO I
Baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos
·
SÍ
·
NO
·
A) Usuario o confinado en silla de ruedas
·
·
·
B) Depende absolutamente de dos bastones para deambular
·
·
·
·
·
SÍ
·
NO
·
C) Puede deambular pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte
·
·
·
·
No tiene dificultad
·
Limitación leve
·
Limitación grave
·
Limitación muy grave (no puede)
·
D) Deambular en un terreno llano
·
0
·
1
·
2
·
3
·
E) Deambular en terreno con obstáculos
·
0
·
1
·
2
·
3
·
F) Subir o bajar un tramo de escaleras
·
0
·
1
·
2
·
3
·
G) Sobrepasar un escalón de 40 cm
·
0
·
1
·
2
·
3
·
H) Sostenerse en pie en una plataforma de un medio normalizado de transporte
·
0
·
1
·
2
·
3
·
·
Total
·
·
·
·
·
– Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C.
– Si el solicitante no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores, se aplicarán los siguientes apartados D, E, F, G y H, sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos. Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario obtenga en estos apartados un mínimo de 7 puntos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de octubre de 2012 En vigor BOE-A-2012-12686 Leer Qué cambió
27 de enero de 2000 Texto original Leer

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