Legislación › Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.
Artículo 46.
Artículo 46.
Concluidas estas operaciones, el Secretario de la Mesa recogerá en plica cerrada las actas de constitución, votación y escrutinio, junto con la lista de electores y documentos anexos y la conservará en su poder hasta la proclamación de candidatos electos


