Legislación › Orden de 21 de diciembre de 1999 que ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la organización de pesca del Atlántico noroccidental.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
El Plan Parcial de Pesca para el año 2000 será presentado en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Se numera por el art. único.3 de la Orden APA/2137/2005, de 23 de junio. BOE-A-2005-11531
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