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Orden de 21 de diciembre de 1999 que ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la organización de pesca del Atlántico noroccidental.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 5 de enero de 2000 · Último cambio el 30 de agosto de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Censos de buques.
- Artículo 3. Solicitudes de inclusión en el censo.
- Artículo 4. Esfuerzo pesquero. 2 redacciones · cambió el 31/03/2000
- Artículo 5. Baja en el censo. 2 redacciones · cambió el 31/03/2000
- Artículo 6. Sustitución en el censo. 2 redacciones · cambió el 31/03/2000
- Artículo 7. Permiso temporal de pesca.
- Artículo 8. Captura de especies reguladas.
- Artículo 9. Captura de especies no reguladas.
- Artículo 10. Captura incidental de especies reguladas y especies en moratoria. 2 redacciones · cambió el 05/07/2005
- Artículo 11. Reparto de posibilidades de pesca.
- Artículo 12. Plan de pesca.
- Artículo 13. Acceso a otras zonas de pesca.
- Artículo 14. Pesquería de fletán negro.
- Artículo 15. Pesquería del bacalao.
- Artículo 16. Pesquería del camarón. 2 redacciones · cambió el 30/08/2012
- Artículo 17. Pesquería de especies planas.
- Artículo 18. Pesquería de gallineta, raya y locha. 2 redacciones · cambió el 05/07/2005
- Artículo 19. Cesión de posibilidades de pesca. 2 redacciones · cambió el 31/03/2000
- Artículo 20. Exceso de capturas.
- Artículo 21. Documentos.
- Artículo 22. Obligaciones del armador o entidad asociativa.
- Artículo 23. Transbordos.
- Artículo 24. Infracciones y sanciones.
- Disposición transitoria.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Actualización de censos.
- Disposición final segunda. Aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXOS


