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Legislación › Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo y modificación.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo y modificación.

Se autoriza a los Ministros de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente real decreto.

Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 338/2014, de 9 de mayo. BOE-A-2014-5398.

Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 100/2003, de 24 de enero. BOE-A-2003-2212.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de mayo de 2014 En vigor BOE-A-2014-5398 Leer Qué cambió
5 de febrero de 2003 BOE-A-2003-2212 Leer Qué cambió
25 de noviembre de 2000 Texto original Leer

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