Legislación › Orden de 20 de noviembre de 2000 por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
ANEXO III
ANEXO III
DATOS MÍNIMOS A INCLUIR EN EL RECIBO
FECHA DE LA OPERACIÓN:
CÓDIGO ENTIDAD Y SUCURSAL: XXXXXXXX
CONCEPTO: 115. EJERCICIO: NNNN. PERIODO: NN
IDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA (C.C.C.):
(Cuando el ingreso sea en efectivo no deberá cumplimentarse este campo)
IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO O CONTRIBUYENTE:
— N.I.F.: XNNNNNNNX
— APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:
IMPORTE: PESETAS O EUROS.
(Si el importe de la liquidación se ha consignado en euros, deberá además consignarse el contravalor en pesetas abonado en la cuenta del Tesoro)
N.R.C. ASIGNADO AL INGRESO:
N.R.C. AL QUE SUSTITUYE:
(Este campo sólo se cumplimentará en el caso de anulación de N.R.C. anterior y sustitución por uno nuevo)
LEYENDA: «Este recibo surte los efectos liberatorios para con el Tesoro Público señalados en el Reglamento General de Recaudación».
NOTA: El ingreso de la deuda no exime de la obligación de presentar la declaración.


