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Legislación › Orden de 20 de noviembre de 2000 por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

ANEXO III

ANEXO III

DATOS MÍNIMOS A INCLUIR EN EL RECIBO

FECHA DE LA OPERACIÓN:

CÓDIGO ENTIDAD Y SUCURSAL: XXXXXXXX

CONCEPTO: 115. EJERCICIO: NNNN. PERIODO: NN

IDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA (C.C.C.):

(Cuando el ingreso sea en efectivo no deberá cumplimentarse este campo)

IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO O CONTRIBUYENTE:

— N.I.F.: XNNNNNNNX

— APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:

IMPORTE: PESETAS O EUROS.

(Si el importe de la liquidación se ha consignado en euros, deberá además consignarse el contravalor en pesetas abonado en la cuenta del Tesoro)

N.R.C. ASIGNADO AL INGRESO:

N.R.C. AL QUE SUSTITUYE:

(Este campo sólo se cumplimentará en el caso de anulación de N.R.C. anterior y sustitución por uno nuevo)

LEYENDA: «Este recibo surte los efectos liberatorios para con el Tesoro Público señalados en el Reglamento General de Recaudación».

NOTA: El ingreso de la deuda no exime de la obligación de presentar la declaración.

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