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Legislación › Real Decreto 1946/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la Comisión Interministerial de Extranjería.

Artículo 5. Creación.

Artículo 5. Creación.

Sin perjuicio de las comisiones o grupos de trabajo que pueda estimar necesario crear la Comisión Interministerial de Extranjería, en el seno de la misma se constituyen las siguientes Comisiones delegadas:

a) Política de visados y cooperación internacional.

b) Régimen de extranjería.

c) Flujos migratorios, promoción e integración social de inmigrantes y refugiados.

d) Coordinación de servicios periféricos.

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