Legislación › Real Decreto 1950/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Español de Oceanografía.
Artículo 12 Órganos de gestión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de diciembre de 2000 y la del 9 de junio de 2010.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Artículo 12. 12 Órganos de gestión.
1. Del Director general del IEO dependen los siguientes órganos de gestión con nivel orgánico de Subdirección General: subdirección general: La Subdirección General de Investigación y la Secretaría General.
2. Asimismo, dependen del Director general los centros oceanográficos y las unidades administrativas de coordinación nacional e internacional.
3. La Intervención Delegada en el IEO, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo, estará adscrita al Director general del Organismo, sin perjuicio de su dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de junio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-9105 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2000 | Texto original | Leer |


