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Legislación › Real Decreto 1950/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Español de Oceanografía.

Artículo 4. Órganos de gobierno.

Artículo 4. Órganos de gobierno.

1. Los órganos de gobierno del Instituto Español de Oceanografía son los siguientes:

1.º Órganos colegiados:

a) El Consejo Rector.

b) El Comité de Dirección.

2.º Órganos unipersonales:

a) El Presidente.

b) El Director del IEO.

2. El Consejo Rector y el Comité de Dirección se regirán por lo dispuesto en el presente Estatuto y por lo establecido en el Título II, capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el capítulo IV, Título II, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Se modifica el apartado 1 por el art. 2.3 del Real Decreto 718/2010, de 28 de mayo. BOE-A-2010-9105.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de junio de 2010 En vigor BOE-A-2010-9105 Leer Qué cambió
3 de diciembre de 2000 Texto original Leer

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