Legislación › Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA).
Artículo 19. Funciones del Consejo de Investigación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de junio de 2010 y la del 9 de junio de 2010.
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Artículo 19. Funciones del Consejo de Investigación.
El Consejo de Investigación tendrá la función de asesorar al Director general del INIA, en todas las cuestiones relativas a las actividades de investigación y desarrollo realizadas en las unidades de investigación propias del organismo, elaborar las propuestas procedentes y aprobar el informe anual de actividades de la Subdirección General de Investigación y Tecnología.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de junio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-9105 | Leer | Qué cambió |
| 9 de junio de 2010 | BOE-A-2010-9105 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2000 | Texto original | Leer |


