LexTotal

Legislación › Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).

Disposición adicional segunda. Colaboración con el Ministerio de Economía.

Disposición adicional segunda. Colaboración con el Ministerio de Economía.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1086/2005, de 16 de septiembre. BOE-A-2005-15678.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de septiembre de 2005 En vigor BOE-A-2005-15678 Leer Qué cambió
3 de diciembre de 2000 Texto original Leer

← Disposición adicional primera Índice Disposición transitoria única →