Legislación › Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones.
Artículo 46. Organismo español notificado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de diciembre de 2000 y la del 30 de abril de 2005.
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Artículo 46. Organismos notificados. Organismo español notificado.
En España, el organismo notificado, para la aplicación de las disposiciones de este Reglamento es España se designa a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Información como organismo notificado para la
Mediante resolución,Secretaría aplicación de Estado las disposiciones de Telecomunicaciones los capítulos III, IV y para la Sociedad V del título III de la Información hará pública la relación este reglamento. El procedimiento de designación de otros organismos notificados comunicados a la Comisión Europea, existentes en los diferentes Estados miembros, España se regulará mediante orden ministerial, en la que se determinará:
a) El alcance de la designación.
b) Los requisitos para obtener la aplicación designación.
c) Las causas de extinción de la Directiva 1999/5/CE transpuesta por este Reglamento. designación.
d) Los derechos y obligaciones de las entidades designadas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de abril de 2005 En vigor | BOE-A-2005-6970 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2000 | Texto original | Leer |


