Legislación › Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
Artículo 27. Valoración.
Artículo 27. Valoración.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 2/2001, de 25 de junio. BOE-A-2001-16695
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de septiembre de 2001 En vigor | BOE-A-2001-16695 | Leer | Qué cambió |
| 21 de noviembre de 2000 | Texto original | Leer |


