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Legislación › Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.

Artículo 78. Arbitraje.

Artículo 78. Arbitraje.

La Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, con la participación de las organizaciones representativas del sector, elaborará un procedimiento arbitral para la solución de las cuestiones litigiosas que, siendo susceptibles de dicho procedimiento pudieran plantearse a raíz de la interpretación y aplicación de la presente Ley.

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