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Legislación › Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Artículo 18. Cuotas.

Artículo 18. Cuotas.

Las cuotas que, para el sostenimiento del Colegio, vienen obligados a satisfacer los colegiados, serán de dos clases: ordinarias y extraordinarias.

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