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Legislación › Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.

Artículo 15. Controles.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2000 y la del 14 de julio de 2012. Tachado: lo que se quitó (247 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15. Controles.
En las distintas fases de producción, distribución, comercialización y almacenamiento de alimentos para animales, los servicios oficiales efectuarán los siguientes controles:
1. Documental: consiste en la comprobación de los documentos que acompañan al producto o de cualquier información dada referente al mismo. Se pondrá especial cuidado en revisar que se cumplen las prohibiciones establecidas en el artículo 14.
2. De Identidad: consiste en la comprobación, mediante inspección visual, de la concordancia entre los documentos, el etiquetado y los productos. En el caso de piensos autorizados para contener proteínas de animales elaboradas, en el etiquetado del producto deberá figurar la leyenda que se especifica en el artículo 14.
3. Físico: Consiste en el control del producto en sí, incluyendo la toma de muestras y el examen de laboratorio.
4. Del proceso de fabricación: consiste en el control del proceso de almacenamiento y manipulación de materias primas y el de elaboración del producto final, con el fin de comprobar que no es posible la mezcla de las materias primas que suponga una contaminación cruzada de los piensos de animales de granja mantenidos, cebados o criados para la producción de alimento con proteínas de animales elaboradas prohibidas contenidas en el artículo 14. En este sentido, se revisarán las medidas que se han implantado en la industria para evitar este fenómeno, especialmente aquellos que se hayan previsto en el sistema de control de puntos críticos para evitar el riesgo de contaminación cruzada y establecer un sistema de toma de muestras periódico.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9327 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2000 Texto original Leer

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