Legislación › Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
Artículo 16. Toma de muestras.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2000 y la del 14 de julio de 2012.
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Artículo 16. Toma de muestras.
1. La toma de muestras se efectuará, de acuerdo con los requisitos y metodología vigentes, en fábricas, envasadores, distribuidores, granjas (incluida la autoproducción). Asimismo, se efectuarán tomas de muestras a las importaciones. (Derogado)
Anualmente deberán, al menos, tomarse muestras en todas las fábricas que elaboren piensos animales de producción.
2. Además de este control, se actuará en todos los casos en que exista sospecha de utilización, tenencia o manejo de piensos que contengan proteínas animales elaboradas prohibidas que se relacionan en el artículo 14.
3. En cuanto a las determinaciones a realizar, se llevarán a cabo aquéllas que permitan la detección, en caso de hallarse presentes, de proteínas de animales elaboradas prohibidas que se relacionan en el artículo 14.
4. En cuanto a la metodología analítica, los análisis se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Orden de 24 de junio de 1999, por la que se aprueban los diversos métodos oficiales de análisis de alimentos para animales (piensos y sus materias primas) que incorporó la Directiva 98/88/CE, de la Comisión, de 13 de noviembre, por la que se establecen las directrices para la identificación de los componentes de origen animal y el cálculo de sus cantidades mediante microscopio a los efectos del control oficial de los piensos o por cualquier otro método autorizado a nivel comunitario. El Laboratorio de Referencia enviará semestralmente a la Comisión Nacional del Programa Integral coordinado de vigilancia y control un resumen de las determinaciones efectuadas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9327 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2000 | Texto original | Leer |


