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Legislación › Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Artículo 49. Vigencia de los derechos de acometida.

Artículo 49. Vigencia de los derechos de acometida.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-13767.

Se modifica el apartado 1 y el último párrafo del apartado 2 por el art. 2.5 y 6 del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre. BOE-A-2005-21100

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2013 En vigor BOE-A-2013-13767 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2005 BOE-A-2005-21100 Leer Qué cambió
16 de enero de 2001 Texto original Leer

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