Legislación › Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Artículo 49. Vigencia de los derechos de acometida.
Artículo 49. Vigencia de los derechos de acometida.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-13767.
Se modifica el apartado 1 y el último párrafo del apartado 2 por el art. 2.5 y 6 del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre. BOE-A-2005-21100
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-13767 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2005 | BOE-A-2005-21100 | Leer | Qué cambió |
| 16 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


