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Legislación › Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Disposición adicional segunda. Aplicación de la nueva deducción por tecnologías de la información y de la comunicación a empresarios personas físicas en régimen de estimación objetiva.

Disposición adicional segunda. Aplicación de la nueva deducción por tecnologías de la información y de la comunicación a empresarios personas físicas en régimen de estimación objetiva.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1.f) por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo. BOE-A-2004-4347.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de marzo de 2004 En vigor BOE-A-2004-4347 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 Texto original Leer

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