Legislación › Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 26. Actuaciones de los Subinspectores Laborales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2000 y la del 31 de diciembre de 2017.
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Artículo 26. Actuaciones de los subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Subinspectores Laborales.
1. Los subinspectores Subinspectores Laborales en los términos del artículo 14 de Empleo y Seguridad Social la Ley 23/2015, de 21 de julio, actuarán, como norma general, en el marco operativo del de la unidad, equipo o grupo al que estén adscritos, en los términos del artículo 8 de la Ley Ordenadora pudiendo establecerse grupos de la Inspección Subinspectores para una actuación o conjunto de Trabajo y Seguridad Social. actuaciones concretas.
2. Las órdenes de servicio encomendadas a cada equipo o grupo responderán a lo establecido en el artículo 23.
El inspector Inspector que esté al frente del equipo de la unidad, equipo, o grupo, distribuirá su ejecución entre los subinspectores Subinspectores que lo integren, y la dirigirá y supervisará por sí mismo o mediante otro inspector Inspector adscrito al mismo equipo, a la misma unidad organizativa, con sujeción a las instrucciones que se establezcan.
3. La actuación de los subinspectores de Empleo y Seguridad Social Subinspectores Laborales corresponderá a los servicios encomendados conforme al apartado anterior. Dichas encomiendas de servicio podrán ser:
a) Genéricas, para el desarrollo de comprobaciones de su competencia que motiven un conjunto de actuaciones sobre supuestos homogéneos programados que afecten a varios sujetos de un mismo sector o zona.
b) Específicas, para actuaciones concretas sobre sujetos obligados expresamente determinados e individualizados.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-15853 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2000 | Texto original | Leer |


