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Legislación › Circular 1/2000, de 9 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se establecen las condiciones particulares de admisión y permanencia del "Nuevo Mercado".

Norma 1.ª Tipo de empresas a las que se dirige el Nuevo Mercado.

Norma 1.ª Tipo de empresas a las que se dirige el Nuevo Mercado.

El Nuevo Mercado de las Bolsas españolas tiene por objeto la negociación de los valores emitidos por las siguientes empresas:

a) Aquellas cuya actividad principal se enmarque en un sector innovador tecnológicamente puntero en el ámbito de producto o en el ámbito de proceso productivo.

b) Aquellas cuya actividad pertenezca a sectores que ofrezcan, por su mercado potencial, grandes posibilidades de crecimiento.

En ambos casos, la actividad principal del emisor estará sujeta a mayores niveles de riesgo y la cotización de sus valores sometida a mayor variabilidad que los valores de sectores tradicionales, por estar su proceso productivo, su ciclo económico o su mercado potencial sujetos a la incertidumbre de lo novedoso.

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