LexTotal

Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 651. Subasta sin postores.

Artículo 651. Subasta sin postores.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, el letrado o letrada de la Administración de Justicia procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.

Se modifica, con efectos de 3 de abril de 2025, por el art. 22.62 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. BOE-A-2025-76

Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. BOE-A-2015-8167

Se modifica por el art. 4.33 de la Ley 37/2011, de 10 de octubre. BOE-A-2011-15937.

Se modifica el segundo párrafo por el art. 15.280 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. BOE-A-2009-17493

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2015 BOE-A-2015-8167 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2011 BOE-A-2011-15937 Leer Qué cambió
4 de mayo de 2010 BOE-A-2009-17493 Leer Qué cambió
8 de enero de 2001 Texto original Leer

← Artículo 650 Índice Artículo 652 →