Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 651. Subasta sin postores.
Artículo 651. Subasta sin postores.
Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, el letrado o letrada de la Administración de Justicia procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.
Se modifica, con efectos de 3 de abril de 2025, por el art. 22.62 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. BOE-A-2025-76
Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. BOE-A-2015-8167
Se modifica por el art. 4.33 de la Ley 37/2011, de 10 de octubre. BOE-A-2011-15937.
Se modifica el segundo párrafo por el art. 15.280 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. BOE-A-2009-17493
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-8167 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2011 | BOE-A-2011-15937 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 2010 | BOE-A-2009-17493 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


