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Legislación › Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.

Artículo 17. Admisión de proposiciones.

Artículo 17. Admisión de proposiciones.

Si al presentarse una proposición hubiera algún colegiado que se opusiera a que pueda ser debatida, podrá presentarse, incluso «in voce», otra proposición de «no ha lugar a deliberar», exponiendo uno solo de los proponentes los motivos de su oposición, concediendo un turno de defensa de su proposición al que la formuló. Se someterá a votación en primer lugar esta segunda propuesta y, sólo si es desechada, se discutirá la otra y se tomarán acuerdos sobre ella.

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