Legislación › Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.
Artículo 38. Licitud de la publicidad.
Artículo 38. Licitud de la publicidad.
Todos los colegiados tienen derecho a hacer publicidad siempre que no contravengan con ello la normativa legal establecida sobre publicidad y sobre competencia desleal.


