Legislación › Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España.
Artículo 34 bis. Las entidades instrumentales del Banco de España.
Artículo 34 bis. Las entidades instrumentales del Banco de España.
Las entidades instrumentales del Banco de España a las que se refiere la disposición adicional octava de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, estarán sujetas al control de eficacia y supervisión continua de este. Por norma interna del Banco de España se desarrollarán los procedimientos para el ejercicio efectivo de aquellos.
Se modifica por el art. único.8 de la Resolución de 24 de abril de 2018. BOE-A-2018-5716
Se añade por el art. único.1 de la Resolución de 29 de enero de 2016. BOE-A-2016-1270.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de abril de 2018 En vigor | BOE-A-2018-5716 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2016 | BOE-A-2016-1270 | Leer |


