LexTotal

Legislación › Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.

Artículo 25. Contabilidad.

Artículo 25. Contabilidad.

La entidad pública empresarial ajustará su contabilidad, de conformidad con los artículos 121.3 y 129.1 y siguientes de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a los principios y normas recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad para la empresa española y disposiciones que lo desarrollen.

Se modifica por el art. único.7 del Real Decreto 1029/2007, de 20 de julio. BOE-A-2007-14488.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 2007 En vigor BOE-A-2007-14488 Leer Qué cambió
15 de enero de 2000 Texto original Leer

← Artículo 24 Índice Artículo 26 →