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Legislación › Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.

Artículo 25. Contabilidad.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 2000 y la del 29 de julio de 2007. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 25. Contabilidad.
La entidad pública empresarial ajustará su contabilidad, de conformidad con el artículo 123.2 los artículos 121.3 y 129.1 y siguientes de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a los principios y normas recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad vigente para la empresa española y disposiciones que lo desarrollen.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 2007 En vigor BOE-A-2007-14488 Leer Qué cambió
15 de enero de 2000 Texto original Leer

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