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Legislación › Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía.

Artículo 22. Papeletas, sobres y actas.

Artículo 22. Papeletas, sobres y actas.

1. La Junta Electoral de Zona ha de aprobar, antes del vigésimo día anterior al de la votación, el modelo de papeletas y sobres de votación, así como el de las actas de constitución y escrutinio de las Mesas electorales.

2. El Ayuntamiento afectado asegurará la entrega de las papeletas y sobres de votación en número suficiente a las Mesas electorales, al menos una hora antes del momento en que deba iniciarse la votación.

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