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Orden de 1 de junio de 2001 sobre libros y modelos de los Registros Civiles Informatizados.
En vigor Ministerio de Justicia · Publicada el 8 de junio de 2001 · Último cambio el 29 de mayo de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Aprobación de la aplicación informática de los Registros Civiles.
- Artículo 2. Aprobación de los modelos de asientos de los Registros Civiles Informatizados.
- Artículo 3. De los libros de los Registros Civiles Informatizados. 2 redacciones · cambió el 29/05/2007
- Artículo 4. De las certificaciones expedidas por los Registros Civiles Informatizados. 2 redacciones · cambió el 29/05/2007
- Artículo 5. De la puesta en marcha de la informatización de los Registros Civiles.
- Artículo 6. Seguimiento de incidencias, informes y consultas relativas al proceso de informatización de los Registros Civiles.
- Disposición transitoria. De la subsistencia de los libros y modelos de asientos y certificados tradicionales en los Registros Informatizados.
- Disposición adicional primera. Cooperación entre el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional segunda. Actas de las declaraciones de nacimiento.
- Disposición final primera. Habilitación de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Disposición derogatoria.
- Firma
- ANEXO


