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Legislación › Real Decreto 541/2001, de 18 de mayo, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación.

Disposición transitoria única. Aplicación temporal.

Disposición transitoria única. Aplicación temporal.

El presente Real Decreto no se aplicará a los contratos cuya licitación haya sido publicada en el "Boletín Oficial del Estado", con anterioridad a su entrada en vigor.

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