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Real Decreto 541/2001, de 18 de mayo, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 9 de junio de 2001 · Último cambio el 9 de junio de 2001 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto de este Real Decreto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Procedimiento y forma de adjudicación.
- Artículo 4. Información al Registro Público de Contratos.
- Artículo 5. Objeto del contrato.
- Artículo 6. Calidad del servicio.
- Artículo 7. Adaptación del contrato por causas técnicas u otras.
- Artículo 8. Dirección y seguimiento de las prestaciones.
- Artículo 9. Reducciones en el precio.
- Artículo 10. Pago del precio.
- Artículo 11. Seguridad y confidencialidad.
- Artículo 12. Contratación centralizada de servicios de telecomunicaciones.
- Artículo 13. Planes Directores de Telecomunicaciones.
- Disposición adicional primera. Especialidades en la contratación de Organismos públicos.
- Disposición adicional segunda. Funciones del Ministerio de Administraciones Públicas.
- Disposición transitoria única. Aplicación temporal.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma


