Legislación › Ley 6/2001, de 31 de mayo, de Ordenación Ambiental del Alumbrado para la Protección del Medio Nocturno.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
El Departamento de Medio Ambiente ha de promover campañas de difusión y concienciación ciudadana en relación con la problemática que conlleva la contaminación lumínica.
← Disposición transitoria segunda Índice Disposición final segunda →


