Legislación › Ley 2/2001, de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
El Consejo Audiovisual de la Comunidad de Madrid y la Comisión Técnica Audiovisual
Se deroga, salvo el art. 28, por la disposición derogatoria de la Ley 2/2006, de 21 de junio. BOE-A-2006-14458.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de febrero de 2006 En vigor | BOE-A-2006-14458 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 2001 | Texto original | Leer |


