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Legislación › Ley 2/2001, de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.

CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV

El Consejo Audiovisual de la Comunidad de Madrid y la Comisión Técnica Audiovisual

Se deroga, salvo el art. 28, por la disposición derogatoria de la Ley 2/2006, de 21 de junio. BOE-A-2006-14458.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de febrero de 2006 En vigor BOE-A-2006-14458 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2001 Texto original Leer

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