Legislación › Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en el plazo de tres meses a partir de la publicación de la presente Ley, establecerá, mediante Decreto, las competencias y composición de la Comisión Regional de Vivienda de Extremadura.


